Recomendamos, por lo tanto, atender criterios de razonabilidad y prudencia, mientras esperamos que la nueva cantidad para 2025 pronto se establezca con efectos desde el 1 de enero de 2025.

El salario interprofesional mínimo (SMI) es la referencia para la remuneración mínima que los trabajadores a quienes se aplica no se aplica y afecta la cantidad de beneficios y subsidios sociales, como; Subsidios de desempleo, beneficios de desempleo o pensiones no confritorias, entre otras. En consecuencia, la cantidad de referencia del SMI impacta a los grupos más vulnerables; Con bajos ingresos y dificultades para cubrir las necesidades básicas, utilizados en sectores con altos contratos de temporalidad y inestables (hogar, agricultura, hospitalidad, servicios) y con mayor riesgo de desempleo.

Teniendo en cuenta todo esto, actualmente se estima que hay aproximadamente 2.5 millones de trabajadores que pueden verse afectados por la cantidad que el gobierno establece como SMI para este año. Según el artículo 27 del estatuto de los trabajadores, el gobierno debe establecer, después de consultar con las organizaciones sindicales y asociaciones comerciales más representativas, anualmente, el SMI.

En ausencia del proceso de consulta, unos días antes del final del año 2024, el 24 de diciembre de 2024, se publica el Decreto Real 9/2024 (Decreto Omnibus), cuya mide la extensión de la cantidad de la cantidad de la cantidad de El monto de 2024 SMI, que en enero estaría sujeto a la validación del Congreso de Diputados.

Por lo tanto, a partir del 1 de enero de 2025 hasta que el Gobierno estableció el monto de SMI 2025, el monto del SMI era el mismo que había establecido RD-L145/2024 durante todo el año 2024, es decir, 1,134 euros en 14 pagos mensuales (€ 15,876 por año).

Sin embargo, el miércoles 22 de enero, el Congreso no validó el RD-L 9/2024 y la extensión para mantener el monto del SMI fue derogado, dejando así un panorama de inseguridad legal para la aplicación del SMI, con el consecuente Desconocido para los trabajadores afectados por la cantidad del SMI que debe ser determinado anualmente por el gobierno.

Quizás consciente de la falta de certeza legal o simplemente para evitar malentendidos cuando las empresas consideren la suscripción de cantidades inferiores a la de 1.134 euros por mes que se habían establecido para 2024, al día siguiente, el 23 de enero, el Ministerio de Trabajo, a través del La Dirección General de Trabajo, se apresuró a hacer público sus primeros criterios interpretativos, los criterios 1/2025 sobre las consecuencias de la derogación de la extensión de la cantidad hasta que el valor de SMI se establece en 2025.

Según este criterio técnico, la Dirección General del Trabajo determina:

  • Que las condiciones de remuneración contractualizadas no se verán afectadas y deben mantenerse de acuerdo con el valor acordado. Esto significa que las personas que trabajan con un contrato antes del 22 de enero de 2025 cuya garantía de remuneración es solo la del SMI, deben mantener una compensación mínima para recibir el monto de 1.134 euros por mes en 14 meses, si están llenos – tiempo.
  • Que la nueva contratación, después del 22 de enero de 2025, no puede tomar como valores de referencia más bajos que el SMI, 1.134 euros por mes (14 pagos).
  • Y, además, advierte que la inspección laboral supervisará que las empresas cumplan con la garantía SMI en dicha cantidad.

La Dirección General de Trabajo basa sus criterios en los que el SMI es un derecho fundamental establecido en el Artículo 35 de la Constitución, que reconoce el derecho al trabajo y la remuneración suficiente para satisfacer las necesidades de las personas trabajadoras y las de su familia. Y, además, en el que se establece un deber establecido en el Artículo 27 del Estatuto de los Trabajadores, según el cual el Gobierno debe establecer el SMI teniendo en cuenta el IPC, la productividad promedio nacional nacional lograda, el aumento en la participación de Trabajar en ingresos nacionales y situación económica general. Concluyendo, por lo tanto, es un deber que no se descompone a pesar del hecho de que el acto formal de su fijación anual no ha ocurrido, ya que esto no debería dañar la necesidad de cumplir con el propósito de establecer una remuneración suficiente para todos los trabajadores.

Se podría considerar, dado la base de que, la no validación de la extensión decretada temporalmente de la cantidad de SMI de 2024 es estéril, porque en cualquier caso, o el propósito de garantizar el interés general debe cumplirse sin la cual la posibilidad de decinar el Efectos de RDL 9/2024, siendo el monto del SMI de 1.134 euros por mes, hasta que el SMI se decrete para 2025.

Evite las sanciones

En este punto, es importante aclarar que, sin perjuicio de la disuasión y el valor que tal interpretación podría tener en un conflicto laboral eventual para ser resuelto por los tribunales, los criterios publicados por la Dirección General de Trabajo no es una regla que Las empresas de las fuerzas no tienen valor regulatorio. Sin embargo, estos criterios son guías importantes para la interpretación y la aplicación que las empresas generalmente siguen para garantizar que cumplan con las regulaciones laborales actuales y para evitar posibles sanciones en caso de que tengan una inspección laboral.

El 29 de enero, el Decreto Real el 1/2025, del 28 de enero, se ha publicado en el Boe, que, entre otros, regresa para introducir algunas de las medidas que en asuntos de seguridad social y empleo fueron derogadas después de que los no no Validación de los «autobuses» de la ley del decreto real, aún en la validación pendiente, aunque el acuerdo ya se ha anunciado para obtener la mayoría de los votos necesarios, sin embargo, no se recopila nada en el nuevo estándar sobre la extensión de la cantidad de SMI, así que hasta que el nuevo SMI se fija para 2025, se mantiene el panorama de la inseguridad legal.

En esa misma fecha, el 29 de enero, los agentes gubernamentales y sociales (sindicatos y asociaciones comerciales) se han reunido sin existir en términos de consenso. Como ha trascendido, el gobierno aumentará el SMI retroactivamente desde el 1 de enero de 2025. En cualquier caso, debemos esperar que el gobierno decrete la nueva cantidad del SMI para 2025.

Más allá de la remuneración, la garantía de que la espera de la configuración del gobierno del SMI y la advertencia de la Dirección General de Trabajo para mantener el monto de los 1.134 euros por mes en 2025, la prudencia y la razonabilidad con la que incluso el momento del momento ha sido actuado por todos los agentes, los trabajadores afectados y de las empresas de negocios, en relación con la remuneración mínima que se recibirá, hacer que anticipan que los conflictos causados ​​por la aplicación de cantidades inferiores a las cantidades indicadas no surgirán. Recomendamos, por lo tanto, atender criterios de razonabilidad y prudencia, mientras esperamos que la nueva cantidad para 2025 pronto se establezca con efectos desde el 1 de enero de 2025.



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